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Qué sucede con las operaciones inexistentes simuladas 2020




Actualmente, la autoridad fiscalizadora mexicana (SAT) se encuentra realizando esfuerzos para eliminar una de las principales actividades indebidas empleadas por los contribuyentes para evadir el pago de sus impuestos, la cual consiste en simular la adquisición de bienes o servicios que son del todo inexistentes, con la finalidad de deducir dichos pagos de sus ingresos con la finalidad de disminuir o erosionar la base gravable. Este supuesto se encuentra regulado en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

A las empresas que emiten esas facturas y generan el negocio, se le ha llamado coloquialmente, “factureras” o EFOS (Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas) y a quienes adquieren los comprobantes se les conoce como EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas).

Regla general anti-abuso

Por lo anterior, el pasado día 18 de octubre del 2019, la Cámara de Diputados aprobó la miscelánea fiscal para el ejercicio de 2020, dentro de la cual, estableció la “regla general anti-abuso”, misma que consiste en facultar a la autoridad fiscal para que de manera discrecional, pueda re-caracterizar las operaciones que a su juicio no expresen precisamente su realidad; esto quiere decir, que a consideración de la autoridad si la clasificación que el contribuyente estimó para sus propias operaciones no son exactamente las que se materialicen, la autoridad podrá reclasificarlas.

Por medio de esta medida, se dota a la autoridad fiscal una facultad sin limitación alguna y por su simple criterio, para decidir si las operaciones del contribuyente son inexistentes por el simple hecho de considerar que no existe la suficiente justificación o razón de negocios, lo que claramente genera una violación directa a la seguridad jurídica de los contribuyentes.

En relación a lo anterior, se adicionó el artículo 5-A del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de que las autoridades fiscales cuenten con las facultades suficientes para poder determinar si existe una razón de negocios.

En este nuevo artículo, se establece que cuando el contribuyente se beneficie de manera directa o indirecta con actos jurídicos que carezcan de razón de negocios, se reclasificarán para que tengan los efectos fiscales que habrían tenido para obtener estos beneficios.

¿Cuál es su objetivo?

Como se observa, el objetivo principal de la regla general anti-abusos es eliminar las operaciones inexistentes; de esta manera el contribuyente sin importar el nombre que destine a las operaciones que realiza, pagará impuestos basándose en la clasificación que la autoridad decida, evitándose de esta forma que se continúen obteniendo de manera abusiva beneficios fiscales.

Por otro lado, definir esas operaciones conforme al artículo 69-B antes mencionado, le otorga facultades especiales a las autoridades para fiscalizar, entre las cuales podrá cancelar los sellos digitales de las empresas impidiendo que puedan facturar, deteniendo esencialmente su negocio.

La anterior medida, viene a reforzar la incorporación que se realizó en el Código Fiscal de la Federación del Delito que sanciona con una pena de tres meses a seis años, la adquisición, enajenación o venta de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Consecuencias

Una consecuencia de esta legislación es que contribuyentes inocentes y cumplidos, pueden haber adquirido algún bien o servicio de un proveedor que haya sido listado como un emisor de facturas de operaciones inexistentes, sin que el contribuyente tenga control sobre esa situación. Los EFOS son incluidos en una lista y los clientes de estas empresas deben revisar constantemente las listas y en su caso, desvirtuar el supuesto de que el servicio o producto adquirido fueron inexistentes.

El detalle es que los clientes tienen que monitorear esta situación constantemente y realizar su proceso de defensa por cuestiones que no son ajenas a ellos. En resumen, pagan justos por pecadores.

En nuestra firma contamos con herramientas y programas de trabajo para apoyar a nuestros clientes a determinar si corren este riesgo o bien para prevenir caer en estas situaciones. Si requiere más información, no dude en contactarnos.

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